La Asociación de la Prensa de Cádiz expresa públicamente su apoyo a los periodistas Daniel Anido (director de la cadena SER) y Rodolfo Irago (jefe de informativos de la cadena), condenados por el Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid a un año y nueve meses de cárcel por un delito de "revelación de secretos", al publicar en la web de la emisora un listado con presuntas afiliaciones irregulares al PP en Villaviciosa de Odón (Madrid).
La APC considera que la sentencia se trata de una afrenta para todos los periodistas y así se lo ha comunicado a ambos en una carta en la que les expresa el apoyo y solidaridad de la Asociación de la Prensa de Cádiz.
La APC hace hincapié en que la condena es desmesurada y los argumentos de la sentencia confusos porque estos no ponen en duda que lo publicado en la web de la SER se tratara de un hecho noticiable e interesante para la opinión pública, pero sí que el derecho a la información al que se refiere el artículo 20 de la Constitución española incluya a Internet como medio de comunicación social, lo cual, para la APC es cuando menos sorprendente.
Por su parte, la Asociación de la Prensa de Madrid (APM) y la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) consideran que la sentencia es "inaudita, desmesurada y asombrosa". En un comunicado conjunto, ambas organizaciones entienden que "el respeto debido a las decisiones judiciales no impide opinar que la confusión que emana sobre lo que son o no son medios informativos o sobre el concepto de revelación de secreto es inquietante". El artículo 20 de la Constitución española, recuerdan, establece en su punto 1 que "se reconocen y protegen los derechos a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción".
"Las organizaciones profesionales de periodistas manifestamos que sentencias de este tipo conspiran contra la libertad y contra el derecho a saber de los ciudadanos y debilitan el estado de derecho y el prestigio de las instituciones".
Según estas organizaciones, la actuación del autor "esta inusual pieza jurídica" debe ser sometida a análisis de los órganos judiciales superiores. Por eso, la FAPE y la APM han expresado su confianza de que el anunciado inmediato recurso contra esa sentencia "ponga las cosas en su sitio". Y en ese sentido, "apelamos a las autoridades judiciales para que -ajustado al procedimiento- se revise esta sentencia con la máxima celeridad para evitar los efectos disuasorios que sentencias de este tipo imponen al trabajo de los periodistas".
La Federación española de Sindicatos de Periodistas de España (FeSP) también considera "desproporcionada" la condena y expresa su preocupación por una decisión que "puede poner en grave riesgo el derecho a la información".
La condena, incide la FeSP, no pone en duda que el hecho que relató la emisora fuera "noticiable", ni tampoco cuestiona la veracidad de la información ni la diligencia en su tratamiento. Sin embargo, el juez la fundamenta en que la documentación --incluida la lista de afiliados-- fue colgada en la web de la cadena SER. El magistrado entiende que "la protección constitucional al derecho a la información se refiere a los medios de comunicación social (televisión, radio o prensa escrita), pero debe matizarse que Internet no es un medio de comunicación social en sentido estricto, sino universal". Una interpretación que, a juicio de la FeSP, "anularía la vigencia en estos medios del artículo 20 de la Constitución Española".
El director de la Cadena SER, Daniel Anido, y el jefe de informativos, Rodolfo Irago, han sido condenados a un año y nueve meses de prisión, a la inhabilitación especial para ejercer la profesión de periodista o de director de un medio de comunicación durante ese tiempo, a una multa de 18.000 euros y a una indemnización de 130.000 euros por revelación de secretos. Los hechos se remontan al 2003, cuando se publicó en la web de la emisora un listado con presuntas afiliaciones irregulares al PP en Villaviciosa de Odón (Madrid).



